Sab 1 julio 2006
Más de un millón de grupos y cantantes músicales quieren distribuir su música grátis por Internet
Interesante artículo de La Vanguardia, sobre distribución de música Copyleft (es decir, gratuita en la mayor parte de las condiciones)
Y es que se suele recordar que el mayor ingreso de un grupo musical mediano/pequeño viene de conciertos y galas, no de la venta de CD. Efectivamente, algunos artístas de alto nivel con ventas millonarias, si que hay casos en los que la venta de CD suponen ingresos importantes, pero no es así en la mayoría de los casos. Una distribución gratuita aumenta la posibilidad de difundir su música y que sean contratados para más conciertos y que más personas quieran pagar por verlos. Este es el verdadero interés de miles de grupos músicales.
Un ejemplo típico podría ser el de El Koala, para quien, probablemente, sus ingresos de ventas supongan un porcentaje bajo de ingresos, pero la difusión de su canción hace que aparezca a menudo en programas de televisión, conciertos y otros eventos, de donde sin duda podrá sacar un rendimiento económico.
Tampoco hay que olvidar que, a parte de los ingresos directos de venta, la SGAE & co gestionan el famoso canon de copia privada. El actual sistema de distribución de este canon deja fuera a los pequeños grupos, favoreciendo a los artístas mayoritarios. Así estos pequeños grupos no tienen un interés real en pertenecer a estas asociaciones que les aportan poco o nada.
Por último está la dificultad de crear un site de distribución de música con derechos en España, controlado por las asociaciones:
En España, tres son las licencias necesarias para poder explotar el negocio de descargas de música copyright por Internet:
1ª.- Licencia de la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores). Entidad que gestiona los derechos de los Autores y Editores de música.2ª.- Licencia de AIE (Artistas, Intérpretes y Ejecutantes). Entidad que gestiona los derechos de los artistas, grupos, bandas e interpretes de música.
3ª.- Licencia de AGEDI (Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales). Entidad que gestiona los derechos de los productores de fonogramas o discográficas.
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Todo este trámite no es necesario para la explotación de música en Internet bajo licencias copyleft, que tan solo requieren una licencia o lo que es lo mismo pasar por una sola ventanilla, la del artista o grupo musical, que casi siempre no exige más compensación que la de que su música esté a disposición del internauta de forma gratuita.
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Existen varios modelos de distribución de música online sobre los que las entidades de Gestión de Propiedad Intelectual (SGAE, AIE y AGEDI) no pueden exigir licencias ni ejercer su derecho de recaudación. Tantos como los que ofrecen las licencias Creative Commons (Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales)
Páginas como la archiconocida Youtube, Pandora u otras que hemos ido mencionando en este blog, son plataformas perfectas para el lanzamiento de grupos online. En ellos, de una u otra forma, existen millones de canciones en un catálogo rico en el que existen buenas y malas canciones igual que en cualquier tienda de CD.
Vía Barrapunto
